Implementación de la Ley de Prevención de Hostigamientos Sexual Laboral
Desde la publicación de la LEY Nº 27942, DS Nº 014-2019-MIMP y modificatorias, Las empresas sujetas al régimen laboral privado tienen que implementar dentro de sus organizaciones, las acciones legales pertinentes para evitar y prevenir el hostigamiento sexual Laboral.
Peval implementa al 100% esta normativa, adaptándonos a la realidad de las empresas. Algunas de las obligaciones legales son:
- Capacitación en Prevención del Hostigamiento Sexual Laboral, dirigido a todos los colaboradores.
- Capacitación al comité de intervención en sus tareas y funciones.
- Adecuación a la Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del hostigamiento Sexual y modificatorias.
- Elección y formación del Comité de intervención frente al Hostigamiento Sexual Laboral
- Evaluaciones / Cuestionarios para identificar posibles situaciones de hostigamiento sexual dentro de la organización
- Elaboración de procedimientos y políticas para la prevención del hostigamiento sexual en el trabajo
Implementación de la Ley de Salud Mental
Las empresas deberán implementar programas de prevención en salud mental a favor de sus trabajadores, según lo indicado en el artículo 14 del D.S. 007-2020-SA. Dichos programas contienen actividades de carácter preventivo, es decir, contribuyen a mejorar la salud del trabajador, el clima laboral, y aplicar buenas practicas en las empresas.
Entre las obligaciones señaladas en la norma, encontraremos:
- Programa que promueva nutrición y alimentación saludable que fomente el uso razonable y saludable de expendedores de bebidas y alimentos
- Programa de actividad física, con tiempo flexible para la actividad física individual y colectiva
- Actividades socioculturales y deportivas
- Gimnasia laboral y cuidados ergonómicos
- Acceso a servicios sociales y de salud
- Programa de reconocimientos y logros que mejoren el bienestar y empoderen al personal
- Estrategias institucionales para el manejo y flexibilidad del tiempo, según necesidades temporales y de emergencias personales, contextualizadas a cada institución y/o territorio
- Programas para promover el autocuidado, el buen trato y una vida libre de violencia
- Programas de abordaje del agotamiento profesional, que incluya detección, prevención, atención y monitoreo
- Capacitación laboral en competencias socioemocionales
- Seguimiento y evaluación de las actividades
Es importante, que cuentes con aliados estratégicos y con experiencia, para implementar esta normativa de acuerdo con las características de la organización, modalidad de trabajo, entre otros.
Recuerda, la normativa de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley 29783 y su reglamento), contempla obligaciones de prevención de riesgos psicosociales, tales como realizar monitoreos y planes de acción para evaluar constantemente estos factores de riesgo, que pueden repercutir en la salud y bienestar de los trabajadores.
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